Postulados jurídicos de la responsabilidad penal de menores
Author/s
Nicolás García, José NeftalíDate
2016-09-07Discipline/s
PsicologíaDerecho
Subject/s
DelincuenciaEtología humana
Derechos Humanos
Psicología del Niño y del Adolescente
Abstract
Con la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, se estableció, el límite de los catorce años de edad para exigir este tipo de responsabilidad sancionadora a los menores de edad penal y se diferencian, en el ámbito de aplicación de la Ley y de la graduación de las consecuencias por los hechos cometidos, dos tramos, de catorce a dieciséis y de diecisiete a dieciocho años, por presentar uno y otro grupo diferencias características que requieren, desde un punto de vista científico y jurídico, un tratamiento diferenciado, constituyendo una agravación específica en el tramo de los mayores de dieciséis años la comisión de delitos que se caracterizan por la violencia, intimidación o peligro para las personas.
Definir lo que constituye delincuencia juvenil resulta problemático. Mientras en algunos países la delincuencia juvenil es una calificación que se obtiene de aplicar definiciones del Código Penal cuando esas infracciones son cometida...