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dc.contributor.advisorBelda Iniesta, Javier
dc.contributor.advisorGiner Alegría, César Augusto
dc.contributor.authorNicolás Guardiola, Juan José
dc.date.accessioned2018-07-12T09:22:51Z
dc.date.available2018-07-12T09:22:51Z
dc.date.created2017
dc.date.issued2017
dc.date.submitted2017-04-26
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10952/3339
dc.description.abstractEste Trabajo de Tesis Doctoral titulado “LA TUTELA JURÍDICA DEL MENOR EN NUESTRO ENTORNO” versa sobre el tratamiento penal de los menores es un tema que ha suscitado el interés de numerosos colectivos profesionales. Médicos, juristas, biólogos, psicólogos, sociólogos, criminólogos o educadores han trabajado y analizado el comportamiento del menor infractor y han contribuido a la evolución de su tratamiento tanto en el plano penal como en el educativo. Esta obra, se divide en siete capítulos. Uno primero de tono introductorio en el que analizamos su metodología y el estado de la cuestión sobre el Derecho penal de menores. A partir de este, se suceden otros cinco capítulos referidos al Derecho penal de menores de otros países, así como un capítulo final de conclusiones en el que se contiene la comparación entre todos y cada uno de ellos. En cuanto a la estructura de los capítulos segundo a sexto, en cada uno de ellos examinamos, en primer lugar, el sistema político correspondiente para, a continuación, analizar los elementos informadores del Derecho penal propio de cada uno de ellos. Ha de tenerse presente que la mayor parte de los Estados actuales, y especialmente los cinco que se analizan en este trabajo, participan de una serie de principios de orden político comunes que son los propios del Estado constitucional. Es por ello que, su Derecho penal es un Derecho penal liberal-constitucional caracterizado porque en sus constituciones se encuentran proclamados principios tales como el de legalidad, el de tipicidad, el de prohibición de analogía, el de prohibición de irretroactividad de la ley penal desfavorable, el de reserva de ley para la regulación de los delitos y de las penas, así como otros tantos que, si bien no se formulan expresamente en las normas constitucionales, se contienen en los diferentes Códigos penales: el principio de ultima ratio del Derecho penal, el de fragmentariedad, el de proporcionalidad de las penas… Principios informadores del Derecho penal liberal que encontramos explicitados en los cinco sistemas penales que estudiamos a continuación, salvo en el de Inglaterra y Gales, dadas las particularidades de su constitución consuetudinaria y, fundamentalmente, las singularidades de su sistema de «common law» basado en la costumbre y en el precedente judicial («case law»), los cuales han dificultado la plena consagración formal de estos principios, si bien, no su vigencia material. OBJETIVOS CIENTÍFICOS. 1. Conceptualizar el término delincuencia juvenil. 2. Describir las características de la delincuencia juvenil, así como, los factores que influyen ella y la fenomenología de la misma. 3. Realizar un perfil de la delincuencia juvenil. 4. Analizar los antecedentes históricos. 5. Estudiar la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero. 6. Especificar el proceso de conciliación entre el autor y la víctima. 7. Distinguir los diferentes tipos de medidas cautelares. 8. Interpretar la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo respecto a la responsabilidad penal de los menores. 9. Comparar la legislación española de los menores con la de otros países. 10. Explicar los instrumentos universales de protección de los menores. ESTADO DE LA CUESTIÓN. El Derecho Penal se ha ido adaptando a lo largo de los siglos a la evolución del comportamiento de los jóvenes delincuentes y de la sociedad en general con el fin de mantener el orden público. Para determinadas categorías de delincuentes, como los menores, la respuesta social clásica, la pena, es insuficiente porque no permite la rehabilitación total del delincuente, puesto que es necesario acompañar esa respuesta de una serie de medidas educativas. Como bien apunta el Juez de Menores Emilio Calatayud: «No hay condena más dura para un menor delincuente que sacarse la ESO». En el ámbito de la justicia juvenil, los sistemas de derecho siguen dos modelos: el tradicional, según el cual, a partir de una cierta edad, se aplica una pena al menor de edad; y uno más reciente que da prioridad a las medidas de educación. El primero coincide con el postulado de la escuela clásica penalista que consideraba a los mayores de una determinada edad imputables a efectos penales, con la condición de que actuaran con discernimiento. Este criterio era excesivo y, aunque es el que imperaba en la mayoría de los códigos penales del Siglo XIX, fue muy criticado por parte de la doctrina penalista. Hemos considerado examinar en el presente trabajo el Derecho penal de menores de cinco ordenamientos jurídicos diferentes: el de España, el de Estados Unidos, el de Francia, el de Chile y, por último, el de Inglaterra y Gales, uno de los tres subsistemas jurídicos que componen el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte. La elección de estos cinco sistemas penales estatales de menores responde a una serie de criterios que, por su parte, analizamos en el apartado de metodología, pues están relacionada su elección con el cumplimiento de los criterios necesarios para realizar una comparación válida de ordenamientos jurídicos. Examinados en cada ordenamiento jurídico tanto su sistema político como la influencia del mismo en su Derecho penal, vemos a continuación la legislación penal del respectivo país, es decir, el marco general de su Derecho penal. El análisis del sistema político, de los principios constitucionales en materia penal y del Derecho penal general de estos cinco Estados presenta, evidentemente, un carácter propedéutico e introductorio, que se justifica en la necesidad de conocer tales ordenamientos jurídicos a fin de mejor comprender y aprehender la esencia de los respectivos Derechos penales de menores. Por su parte, en el examen de cada uno de los sistemas de Derecho penal de menores ofrecemos una breve descripción de su evolución histórica en cada uno de los países seleccionados. A continuación, comprobaremos cómo las características específicas de los respectivos enfoques se pueden relacionar con la experiencia española. Asimismo, nos servimos de esta información para realizar una comparativa de los diferentes sistemas. Hemos de advertir que el Derecho penal de menores de estos Estados se encuentra notablemente influenciado por la vigencia del denominado Derecho penal internacional de menores, es decir, por las normas emanadas de organizaciones internacionales en esta materia, las cuales han terminado siendo incorporadas a los ordenamientos jurídicos internos de los distintos Estados. Se trata, tanto de normas elaboradas en el seno de organismos internaciones de ámbito universal (Organización de Naciones Unidas) como regional (Unión Europea, Organización de Estados Americanos) que, a través de su recepción en los correspondientes ordenamientos jurídicos, forman parte del Derecho interno de cada uno de esos Estados. Pues bien, estas normas, de significativa importancia para nuestro estudio, han sido examinadas no en capítulo separado, sino en su consideración de Derecho interno de los países estudiados. Por ello, estudiamos el Derecho penal de menores en el seno de las Naciones Unidas y en el seno de la Unión Europea al analizar el Derecho penal de menores de España; y, por su parte, examinamos el Derecho penal de menores de la Organización de Estados Americanos al hilo del Derecho penal de menores de Chile. Por último, esta tesis doctoral se cierra con un capítulo final de conclusiones en el que se recogen los resultados de la comparación en materia de Derecho penal de menores de los ordenamientos jurídicos analizados. La comparación que hemos realizado entre estos sistemas jurídicos se endereza, en todo caso, a extraer conclusiones no sólo de índole general, sin perjuicio de que puedan deducirse algunas especialmente aplicables al Derecho penal de menores español. La investigación que se presenta en este trabajo se integra en el ámbito de las Ciencias jurídicas, pertenecientes estas a las Ciencias sociales, en tanto nuestro objeto de estudio es un aspecto de la realidad social, la responsabilidad penal del menor infractor y las medidas que existen en el Derecho penal para dar respuesta a los actos delictivos cometidos por menores. Con este estudio pretendemos examinar las peculiaridades del Derecho penal de menores en España para compararlo con el Derecho penal de menores de una selección de países. Para la elaboración de esta tesis doctoral ha sido necesario diseñar una metodología y planificar el trabajo en una serie de etapas, las cuales son las siguientes: 1º) Una primera etapa de recogida de información. a) Para los trabajos históricos (evolución legislativa). b) Los estudios sobre aspectos sustantivos o procesales del Derecho penal de menores se han seleccionado a partir de la aprobación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal del menor. c) Este mismo esquema se ha seguido para la revisión bibliográfica de los Derechos extranjeros: búsqueda de los materiales normativas, así como fundamentalmente de las obras centradas en la legislación actualmente en vigor. Consecuentemente, los Derechos penales de menores que vamos a analizar y comparar en esta tesis son los de España, Francia, Reino Unido, Estados Unidos y Chile en atención a los siguientes criterios: ­ Son Estados plenamente democráticos con Derecho penal de corte liberal garantista. ­ Son Estados con tradiciones jurídicas diversas: Estados Unidos y el Reino Unido se inscriben dentro de la tradición anglosajona del «common law», mientras que Chile, España y Francia participan de la tradición jurídica romano-germánica Consecuentemente, la comparación entre las legislaciones penales de menores ha de tener presente que todos estos Estados participan de una concreta forma de Estado que, inevitablemente, repercute en la organización de su sistema político y en la estructuración de su correspondiente Derecho penal. Asimismo, dicha comparación no ha de desconocer en modo alguno que todos estos Estados han incorporado a sus ordenamientos jurídicos internos múltiples Tratados internacionales en materia de Derechos Humanos, entre los que destacan no sólo la Declaración Universal de Derechos del Hombre, sino la Convención sobre los Derechos del Niño. Por último, la elaboración de esta tesis se cierra con una tercera fase explicativa en la que se analizan e interpretan los diferentes datos obtenidos, con el fin de establecer los elementos comunes y las diferencias entre los diferentes sistemas jurídicos que, básicamente, se recogen en el capítulo relacionado con las conclusiones. El Derecho penal de menores es una de las materias clásicas objeto de investigación doctrinal. Son muchas las disciplinas académicas que centran su estudio en la problemática de los menores infractores, desde la Criminología hasta la Victimología, pasando por la Sociología, la Psicología y la Ciencia Jurídica. El Derecho se ha de adaptar a la realidad social del tiempo en que se encuentre; de otro modo, el Derecho no tendría sentido alguno: no es un conjunto de normas ancladas en el tiempo, inmutables, obsoletas, sino que no cabe duda alguna de que las normas se reforman, se derogan, publicándose otras nuevas, y que la razón que subyace en este asunto es la adaptación del Derecho a la sociedad, sociedad que evoluciona en el tiempo y que necesita de un cuerpo legal que regule los distintos aspectos de su convivencia en los distintos momentos. La sociedad evoluciona en lo relativo a los modelos de convivencia y el legislador no puede ignorar estas necesidades.es
dc.language.isoeses
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectDerecho penales
dc.subjectCriminalidades
dc.titleLa Tutela Jurídica del Menor en Nuestro Entorno: Estudio Comparativo de su Tratamiento en el Common Law y el Civil Law.es
dc.typedoctoralThesises
dc.rights.accessRightsopenAccesses
dc.description.disciplineDerechoes


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