Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal), nº 476/2020, de 25 de septiembre de 2020

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En la presente sentencia digna de ser comentada la Sala de lo Penal del Alto Tribunal aplica la doctrina «Falciani» a efectos de determinar la existencia de nulidad de las pruebas obtenidas mediante el acceso a los datos de salud (datos sensibles) registrados en la historia clínica sin el consentimiento ni conocimiento previo del paciente. A su vez, el Tribunal Supremo estima la consumación de delito de descubrimiento y relevación de secretos por parte de los funcionarios de sanidad al acceder al historial médico del sujeto pasivo a efectos de conocer una información ajena que no les era permitida conocer, considerando asimismo la inexistencia de lesión alguna del derecho de protección de datos del paciente.

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