Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorMartínez Rivas, Francisco
dc.contributor.advisorConde Colmenero, Pilar
dc.contributor.authorManzanares Jiménez, Diego Pascual
dc.date.accessioned2014-03-20T15:45:26Z
dc.date.available2014-03-20T15:45:26Z
dc.date.created2013-03-14
dc.date.issued2013-03-14
dc.date.submitted2013-03-14
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10952/701
dc.description.abstractEl objeto de esta presente tesis lo constituyen el análisis y el estudio pormenorizados de los distintos procesos monitorios existentes en el ámbito comunitario para la reclamación de deudas, con la intención de establecer criterios de eficacia y eficiencia en el ámbito procesal; y por ende, en la Administración de Justicia. Ahora bien, este trabajo no solo versa sobre los distintos procesos monitorios internos de los Estados miembros sino también sobre el proceso monitorio europeo aprobado por el Reglamento (CE) Nº 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 diciembre de 2006. Las reflexiones acerca de esta figura procesal se completan con el imprescindible análisis de los procesos monitorios de tramitación electrónica existentes en la actualidad ; por su novedad y por las ventajas que esta modalidad de tramitación reporta. El procedimiento monitorio podría definirse como ¿aquel en virtud del cual el órgano competente,, previa la presentación del debido impreso, formulario o demanda por el interesado, avisa, insta al deudor para que atienda el requerimiento de pago o se oponga debidamente, ya que, de no ser así, se dictará la oportuna resolución en su contra, que constituirá título ejecutivo.¿ El interés por tanto que despierta este procedimiento, es que a diferencia del procedimiento civil tipo, donde la forma contradictoria preside todas las actuaciones ab initio, el monitorio supone una excepción, puesto que puede desarrollarse hasta su conclusión en ausencia de dicha contradicción. La importancia de la tutela del crédito justifica el estudio detenido de los distintos modelos de procedimientos monitorios y afines existentes en el ámbito europeo, para poder así determinar la mejor configuración de una herramienta eficiente para la protección del derecho de crédito. La existencia de estos medios no solo se limita a proteger el crédito en el ámbito interno de cada país, sino que también se crean medios para el cobro internacional de deudas en el ámbito comunitario, entre los cuales se constituye como máximo exponente el proceso monitorio europeo. La metodología científica desarrollada en el presente trabajo de investigación ha venido definida por las características de la materia tratada, que participa de notas propias, tales como la dinamicidad del procedimiento, la accesibilidad respecto de la tramitación electrónica de estos procedimientos y la multidisciplinariedad de las principales ramas jurídicas afectadas: el Derecho Procesal, el Derecho Comunitario y el Derecho Internacional Privado. ASÍ , la elaboración del presente estudio ha discurrido por dos vías principales: la primera, el análisis teórico de la técnica procesal desde un plano abstracto; y la segunda, el análisis de los procesos monitorios más significativos de los ordenamientos internos de los Estados miembros de la Unión Europea, así como el del proceso monitorio comunitario. El contenido de este trabajo se pueda estructurar en capítulos. - El primero es la ¿Aproximación al procedimiento monitorio¿. El fin que se persigue en este apartado es la depuración conceptual del procedimiento monitorio, desde un punto de vista doctrinal. - En el segundo capítulo se aborda el estudio detenido de los procesos monitorios en el ámbito comunitario. Separados en dos bloques, atendiendo al carácter puro o documental adoptado, se analiza el ámbito de aplicación, órgano competente, admisión y, en definitiva, todos los detalles de los distintas técnicas monitorias adoptadas en los países de la UE. Estudiados los procedimientos monitorios internos¿ ¿- el capítulo tercero se dedica al análisis en profundidad del proceso monitorio europeo y su encaje con los procedimientos de los países miembros y, especialmente, con el español. - El cuarto capítulo fija su atención en los procedimientos monitorios de tramitación electrónica de Inglaterra y Gales, Alemania, Portugal, Eslovenia e Italia. No se trata tanto de analizar de nuevo la regulación procesal de los procedimientos como de analizar las reformas emprendidas, los factores que han posibilitado la tramitación electrónica y, por último, cómo se ha configurado esta. - La tesis concluye, con el capítulo quinto, dedicado a las conclusiones que se han extraído del presente trabajo de investigación, sin perder nunca de vista el objetivo de esta tesis doctoral : el análisis de las distintas técnicas monitorias para determinar la mejor configuración del procedimiento monitorio. Los objetivos principales de este trabajo: 1. Analizar el procedimiento monitorio como herramienta para el cobro de crédito en el espacio europeo. 2. Establecer criterios de eficacia y eficiencia en el ámbito procesal que permitan realizar propuestas de ¿lege ferenda¿ que contribuyan a la tutela efectiva de los derechos de crédito. Después de toda esta labor de investigación cabe citar a modo de conclusión que el tradicional modelo garantista de Justicia se encuentra actualmente desfasado, debido al desarrollo de la sociedad de la información y al incremento de la litigiosidad. Mientras que la sociedad de la información legitima la incorporación de criterios de oportunidad en la Justicia, el incremento de la litigiosidad la justifica. Hoy, los ciudadanos no son súbditos indefensos que acuden al rey para que les defiendan del poderoso; tampoco son ciudadanos iletrados, sin recursos, que desconocen el sistema legal y se acercan temerosos a los Juzgados. Los ciudadanos europeos del siglo XXI disponen de una formación media y de acceso a información y recursos lo suficientemente amplios como para acudir a la Justicia y ser llamados a ella sin estar presentes ciertas garantías propias de otros tiempos. Determinados derechos, como el de tutela judicial, no son lesionados porque el Secretario expida un requerimiento de pago que pueda, llegado el caso, convertirse en título ejecutivo, en el seno de un expediente de jurisdicción voluntaria. Tampoco supone merma del derecho de defensa si se limita el principio de audiencia y no se establece como general en todos los procedimientos, o si el principio de inmediación es suavizado en la práctica de determinadas pruebas, como la documental y el interrogatorio de parte, o si la forma contradictoria está supeditada a la actuación del demandado. Por si las anteriores no fueran suficientes razones, la saturación actual de los órganos judiciales nos sitúa en la encrucijada perfecta para tomar este camino. Velar por unas garantías excesivas de los ciudadanos en los procesos, asegurando el derecho de defensa, supone vulnerar el mandato constitucional del art. 24 con la justicia tardía que, como es sabido, no es Justicia. Atendamos, pues, a la configuración actual de la sociedad en la que vivimos y garanticemos derechos procesales en consonancia con la misma, y no desorbitados y desfasados, propios de épocas pasadas. Cierto es que la saturación de los órganos judiciales no se debe únicamente a una legislación demasiado garantista. Existen otros factores como la deficiente y compleja técnica legislativa procesal, el ineficiente modelo de organización judicial, la falta de la incorporación de las nuevas tecnologías y la judicialización de cualquier conflicto, que contribuyen en gran medida a la vulneración de la pronta administración de Justicia. Por ello, desde la regulación de procedimientos como el monitorio, se aboga por simplificar los procedimientos, relajar las garantías procesales en aras a la eficiencia, rediseñar la Oficina Judicial y las funciones de Jueces y Secretarios, implantar la tramitación electrónica y promover decididamente la jurisdicción voluntaria y la solución extrajudicial de conflictos. Solo así se podrá otorgar efectiva tutela judicial de los derechos de crédito contribuyendo de forma definitiva a las aspiraciones de Justicia propias de un Estado de Derecho.es
dc.language.isoeses
dc.rightsReconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/
dc.subjectDerecho Procesales
dc.subjectDerecho Internacional Privadoes
dc.subjectPoder Judiciales
dc.subjectDerecho Comparadoes
dc.titleEl procedimiento monitorio en el espacio Comunitario Europeo. La implantación de los procedimientos electrónicos de reclamación de deudases
dc.typedoctoralThesises
dc.rights.accessRightsopenAccesses
dc.description.disciplineDerecho


Ficheros en el ítem

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España